Consulado asistirá legalmente a dominicanos sobre regla migratoria de ‘carga pública’


Fuente Externa

El Consulado general de la República Dominicana en Nueva Yorks ofrecerá asesoría a los dominicanos sobre las prevenciones que deben tener ante la aplicación de la “Regla de inadmisibilidad por causal de carga pública”, que vincula el uso de asistencia pública con los méritos para que un inmigrante pueda recibir la residencia o una visa estadounidense.

El cónsul general Carlos Castillo instruyó a los departamentos de Visa y Protección y de Legal para que se les dé la asistencia necesaria a sus connacionales que la requieran, para lo cual pueden llamar al teléfono número 212-768-2480 o acudir a la sede consular localizada en el 1501 de la avenida Broadway, en Manhattan.

La vicecónsul María Mateo, del Departamento de Visas y Protección y encargada de Asuntos Jurídicos, fue instruida por el cónsul Castillo para que oriente y asista junto a otros funcionarios, a los dominicanos interesados.

En ese sentido, la vicecónsul Mateo dijo que aunque la nueva política puede utilizarse para negar permisos de residencia a los inmigrantes que hagan uso de programas de asistencia pública tales como Medicaid, cupones para alimentos y vales para vivienda, entre otros factores, no es retroactiva por lo que los inmigrantes con residencia permanente o ciudadanos estadounidenses no se verán afectados.

El cónsul Carlos Castillo (Fuente Externa).

“Se trata de las personas que están pidiendo admisión a los EEUU para una visa o una residencia permanente, y también son inadmisibles por motivos económicos los inmigrantes que hayan recibido beneficios públicos del Estado, como por el Seguro Social y asistencia temporal, cupones de comida y Medicaid, si lo han recibido en 12 meses de un periodo de 36 meses”, precisó.

La vicecónsul Mateo dijo que los inmigrantes en vía de hacer residencia permanente en los Estados Unidos tienen un plazo de dos meses para que renuncien a sus beneficios antes de que se puedan convertir en inadmisibles.

El único estado donde no se aplica la “Regla de inadmisibilidad por causal de carga pública” es Illinois, porque hay un caso que está peleándose en la corte y la Suprema determinó que no se aplica allí hasta que las cortes decidan.

Se considerará no sólo si han recibido beneficios sino, si en un futuro están en riesgo de recibir beneficios por su salud, número de integrantes en su familia, edad, educación, empleo y recursos financieros, ya que esos son los criterios que se utilizaran para las autoridades determinar si una persona se puede convertir en una carga publica

La Regla tampoco afecta a los inmigrantes por sus hijos recibir beneficios ni a las mujeres embarazadas por recibir Medicaid de emergencia.


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